COMUNICADO A LAS DIVERSAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS, GOBIERNOS REGIONALES Y GOBIERNOS LOCALES

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  • junio 30, 2020
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Respecto a la contratación temporal de personal técnico clave en materia de

inversiones y contrataciones vinculadas a la gestión de inversiones públicas

Se hace de conocimiento a las Universidades públicas, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales que, con fecha 23 de junio de 2020, la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones (DGPMI) del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), en el marco de numeral 7.9 del artículo 7 del Decreto de Urgencia N° 070-2020, Decreto de Urgencia para la reactivación económica y atención de la población a través de la inversión pública y gasto corriente, ante la emergencia sanitaria producida por el COVID-191, publicó los perfiles, las actividades a ser cumplidas por el personal técnico clave especializado en materia de inversiones y contrataciones vinculadas a la gestión de inversiones contratado y otros aspectos necesarios para el cumplimiento de lo establecido en el citado artículo.

Dicha publicación la pueden encontrar en el siguiente enlace:

https://www.mef.gob.pe/contenidos/inv_publica/DU_070-2020/Comunicado_DU_070-2020.pdf

En ese sentido, se recuerda que para el cumplimiento de dicha disposición, se requiere, entre otros, tomar en cuenta lo siguiente:

1. La contratación del personal técnico clave especializado se realiza bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios establecido por el Decreto Legislativo N° 1057 (CAS), por única vez y por un plazo de seis (6) meses, no siendo aplicable la renovación.

2. Está exonerada la obligatoriedad del concurso público (artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1057), es decir, no se aplica el procedimiento de contratación para la selección de dicho personal.

3. Verificar el número de personal técnico clave que le corresponde contratar a cada Entidad y el perfil mínimo respectivo, los cuales han sido publicados en el enlace antes mencionado, para efectos de proceder con las contrataciones.

4. Las contrataciones que se realicen hasta el 15.07.2020 están exoneradas del registro en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) de manera previa a la contratación; en este caso, se debe remitir a la Dirección General de Gestión Fiscal de Recursos Humanos (DGGFRH) del MEF la solicitud del registro correspondiente en un plazo máximo de hasta 10 días hábiles después de la suscripción del contrato.

5. Una vez contratadas las personas en el marco de lo establecido en el artículo 7 del Decreto de Urgencia N° 070-2020, la OPMI de las Universidades, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, según corresponda, registra en el “Módulo de registro del personal técnico clave (Decreto de Urgencia Nº 070-2020)” del Banco de Inversiones, la ficha de datos de las personas contratadas, en el plazo máximo de dos (2) días hábiles contados desde la suscripción del contrato. Dicho registro tiene el carácter de declaración jurada.

Finalmente, se precisa que las actividades que cumple el personal contratado en el marco del artículo 7 del Decreto de Urgencia N° 070-2020, se orientan exclusivamente al cumplimiento del avance en la ejecución de las inversiones de la Entidad.

Lima, 25 de junio de 2020

Dirección General de Programación Multianual de Inversiones

Ministerio de Economía y Finanzas

1 Publicado en el Diario Oficial El Peruano el 19 de junio de 2020.

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